Air Madrid, ¿mal precedente para los pasajeros afectados por Spanair?

Feb 1, 2012 | Finanzas


Air Madrid, ¿mal precedente para los pasajeros afectados por Spanair?

La administración concursal de Air Madrid ha comenzado esta martes el
proceso de devolución de las pérdidas sufridas por los pasajeros
afectados por el cierre de la aerolínea en diciembre de 2006, según
informa el Boletín Oficial del Estado (BOE) este martes. De repetirse un
proceso similar en el caso de Spanair, ¿los pasajeros afectados por el
cierre tendrán que esperar seis años para recibir el rembolso de los
vuelos no disfrutados?
El caso de Spanair todavía es incierto. Pero los afectados por Air Madrid ya pueden llamar al número de teléfono 916520019 o acceder a la página web www.concurso.airmadrid.com a fin de gestionar el sistema de citas para el pago.
Esto se hace el respuesta a la sentencia dictada el pasado 10 de enero por el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid que aprobó la propuesta de convenio presentada por la aerolínea Air Madrid, que contemplaba el pago de las pérdidas sufridas por los pasajeros en el plazo de un año.
 La propuesta aprobada incluía la devolución del 100% de sus créditos reconocidos a los pasajeros cuyos vuelos estaban programados a partir del 15 de diciembre de 2006, día del cierre de la aerolínea, y que no fueron realizados.
Están exentos de cobro los pasajeros que llegaron a volar en los aviones que dispuso el Ministerio de Fomento, así como otros organismos e instituciones públicas o privadas nacionales o extranjeras, para hacer frente a la crisis provocada por la quiebra de la compañía aérea.
Al resto de acreedores -proveedores, en su mayoría- se les aplicará una quita del 50% del importe adeudado con un pago del 10% del crédito resultante en el tercer año desde la firmeza de la sentencia (2015), y el resto, en el quinto año, es decir, en 2017. Los pagos se realizarán a través de pagaré o mediante transferencia bancaria, según solicite el [...]


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