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Viernes 09 del Enero de 2009 — Actualizado a las: 09:33 AM
Agencias
Actualizada: 10/05/2002
El Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones aprobó ayer una circular por la que establece que Telefónica de España, SAU deberá ofrecer a los abonados conectados a centrales telefónicas analógicas la posibilidad de preselección en las mismas condiciones que tienen los actuales abonados conectados a centrales digitales.
Telefónica dispondrá de un plazo de seis meses para implantar en su red los mecanismos destinados a facilitar la preselección de operador, es decir, que el usuario pueda elegir la compañía que realice sus llamadas sin necesidad de marcar un prefijo. Podrán beneficiarse de esta medida, adoptada por la CMT a favor de la competencia y de los derechos de los usuarios, en torno a 2.046.500 líneas de abonados que están conectados a 191 centrales analógicas. Estas cifras representan aproximadamente el 13% de las líneas en servicio de Telefónica. Con la circular aprobada hoy todos los abonados de Telefónica sin excepción pasarán a estar en disposición de preseleccionarse con otro operador. La selección de operador es, desde el punto de vista regulatorio, una obligación sólo impuesta a Telefónica en su condición de operador dominante y una opción competitiva para los operadores alternativos. Los operadores competidores tienen derecho a ser seleccionados cuando las llamadas son originadas desde abonados (y clientes potenciales de dichos operadores) conectados a la red fija de Telefónica. La selección de operador en general y la preselección en particular incrementan de manera notable la capacidad de competencia inicial de los operadores alternativos, al permitirles llegar a una gran cantidad de clientes sin necesidad de disponer de una extensa red de acceso. Este es el motivo por el que la CMT ha asumido desde el principio un papel especialmente proactivo en el establecimiento de un marco regulatorio que facilitara la preselección. Para ello, esta Comisión ha adoptado no sólo los necesarios acuerdos para resolver conflictos puntuales en el ámbito de la preselección, sino que también ha aprobado tres circulares sobre la materia. La regulación sectorial nacional ha impuesto a Telefónica la obligación de implantar mecanismos de preselección de operador en líneas conectadas a centrales digitales, proceso que se quedó completado en febrero de 1999. Quedaban pues al margen de esta facilidad aquéllas líneas de abonado conectadas a centrales de conmutación analógicas, que todavía a día de hoy no pueden beneficiarse de la preselección. La CMT ha estimado que los operadores alternativos a Telefónica dejan de ingresar unos 69 millones de euros al año debido a que estos dos millones de usuarios de centrales analógicas de Telefónica no pueden disponer de la posibilidad de preselección. De otra parte, la imposibilidad de preseleccionar a un abonado supone un perjuicio evidente para el resto de operadores desde el momento en que se rompe la cadena de fidelización que mantienen los clientes finales con los operadores que les proveen de distintos tipos de servicios de telecomunicaciones. La disponibilidad de la preselección en centrales analógicas en las mismas condiciones que en centrales digitales, viene a garantizar la pluralidad de oferta de servicios y facilita el acceso por los operadores a las redes de telecomunicaciones, la interconexión de las redes y el suministro de red en condiciones de red abierta, de forma que se salvaguarda la libre competencia en el mercado de las telecomunicaciones. La circular dispone que en el caso de que Telefónica incumpliera el plazo de seis meses, dicho operador estará obligado a aplicar la preselección virtual previa petición del operador afectado por el incumplimiento. La preselección virtual permite que el abonado sea facturado por el operador preseleccionado a pesar de que las llamadas sean cursadas por Telefónica. Con esta medida se pretende que los operadores beneficiarios de la preselección no se vean afectados ante incumplimientos por parte de Telefónica.