- Fuente: 20minutos
El Congreso aprueba que un funcionario elija el orden de los apellidos si no hay acuerdo
Se pone fin a la prevalencia del apellido paterno en caso de desacuerdo Con esta modificación se pone también fin a la prevalencia del apellido paterno en caso de desacuerdo entre los progenitores, tal y como establecía la Ley de Registro Civil de 1999, lo que provocaba una situación de discriminación hacia la mujer.
Aunque en un principio se planteó que el criterio de elección fuera el orden alfabético, finalmente se ha optado por que sea un funcionario el que tome la decisión en caso de desacuerdo, fórmula similar a la que se aplica en Alemania o Suiza.
También se reconoce el derecho al cambio de apellidos a las víctimas de violencia de género y a sus descendientes, y se acaba con la diferencia de trato entre hijos matrimoniales y no matrimoniales. El nuevo modelo facilitará además al ciudadano acceder por medios electrónicos a la información del Registro Civil, que se configura como una base de datos única para toda España y con varias oficinas en cada comunidad autónoma.
Permitirá también la inscripción telemática con independencia del lugar donde se produzca el hecho a inscribir, para lo que se obrará con código personal coincidente con el DNI. Cada ciudadano tendrá un registro individual en el que se inscribirán todos los hechos y actos relativos a su vida civil, lo que [...]
Lee la noticia completa en la fuente original (20minutos)
Etiquetas: caso, publicacion, padres, hijos, portada, boe, adopte, desacuerdo
