El Supremo condena al Opus Dei a borrar los datos de una mujer que abandonó la organización

Dic 3, 2011 | 20minutos


El Supremo condena al Opus Dei a borrar los datos de una mujer que abandonó la organización

Así lo ha decretado la Sala de lo Contencioso-Administrativo en una sentencia relativa a un caso de protección de datos en el que la Audiencia Nacional ya se había pronunciado a favor de la demandante.
Los hechos se remontan a agosto de 2006, cuando M.I.M., que había abandonado la organización religiosa, solicitó a la Prelatura del Opus Dei que borrara sus datos de todos los archivos.
Días después, la organización le respondió que "los únicos datos que se refieren a su persona son hechos históricos realizados voluntariamente que no pueden anularse", aunque apuntó que "en anotación marginal se hará constar su deseo de que no tengan trascendencia externa".
El Opus Dei se defendió de la petición de eliminación de datos asegurando que los acuerdos entre la Santa Sede y España protegían sus archivosAnte la negativa, la demandante acudió a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que, tras estudiar el caso, dictó una resolución por la que instaba al Opus Dei a que, "en el plazo de diez días", remitiera a la reclamante una certificación en la que hiciera constar que "ha procedido a la cancelación de sus datos que contaban en sus archivos".
En respuesta, el Opus Dei argumentó que el Acuerdo sobre Asuntos Jurídicos entre la Santa Sede y el Estado español de 1979, "protege la inviolabilidad de los archivos, registros y demás documentos de las instituciones y entidades eclesiásticas".
Para el Supremo, dicho acuerdo protege [...]


Lee la noticia completa en la fuente original (20minutos)

Etiquetas: eliminacion, instó, portada, negó, religioso, solicitó, ficheros, cuando