El uso periodístico de cámara oculta, "ilegítimo" según el Constitucional

Feb 6, 2012 | Publico


El Tribunal Constitucional ha declarado "ilegítimo" y constitucionalmente prohibido el uso de la cámara oculta para reportajes informativos, independientemente de la relevancia pública del objeto de la investigación.

De este modo, el alto tribunal ha denegado el amparo a Canal Mundo Producciones Audiovisuales y a la Televisión Autonómica Valenciana, por el uso en un programa televisado de imágenes grabadas en la consulta de un naturópata sin el consentimiento de éste.

Se trata de la primera ocasión en que el alto tribunal aborda la cuestión del uso de cámaras ocultas en el ámbito periodístico.

El tribunal, además de reprochar el hecho de que la persona grabada "subrepticiamente" fue privada de su derecho a decidir si consentía en la divulgación de una información que determinaba su "plena" identificación, también precisa que el método utilizado para obtener la captación intrusiva no fue ni el necesario ni el adecuado para el objetivo de la averiguación.

Lesiones al honor y la intimidad

Una periodista contratada por la productora Canal Mundo Producciones Audiovisuales S.A. acudió a la consulta de una esteticista y naturista haciéndose pasar por una paciente y, durante la cita, que se celebró en la vivienda que la esteticista tenía destinada a consulta, grabó a su entrevistada, su voz e imagen, por medio de una cámara oculta.

La periodista se hizo pasar por una paciente para grabar una consulta médica

Dicha grabación fue cedida a la Televisión Autonómica de Valencia, que la emitió en el programa PVP donde, además, se desarrolló una tertulia sobra la existencia de falsos profesionales en el mundo de la salud e, incluso, se puso de manifiesto una condena penal años atrás a la esteticista por haber actuado como fisioterapeuta sin tener título para ello.

La protagonista del reportaje televisivo interpuso una demanda porque entendía que los comentarios expresados en dicho [...]


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