La pesadilla del impago: guía para sobrellevar un embargo

Oct 26, 2011 | 20minutos


La pesadilla del impago: guía para sobrellevar un embargo

1. Notificación de la demanda
El banco presentará una demanda ejecutiva por impago ante un juzgado si lleva varios meses sin pagar las cuotas. Antes deberá haberle avisado de la necesidad de que lo haga, claro. 
Ya no se pide el dinero que no ha devuelto, sino el reintegro del préstamo en su totalidad, a un interés que suele rondar el 20%, en función de lo que figure en el contrato.
2. Certificación del Registro de la Propiedad
Si el deudor sigue sin pagar, el banco pide al Registro de la Propiedad que informe sobre las cargas que presenta la vivienda. Esto se hace para avisar a cualquiera que consulte el estado de la finca de que se encuentra inmersa en una ejecución hipotecaria.
Generalmente, esto suele ocurrir a los seis meses de haber efectuado los requerimientos de pago. Si se salda la deuda, el registro cancela esta nota marginal a los dos meses.
3. La subasta
Después de unos meses más de trámites, la vivienda pasa a subasta pública. Si nadie puja por encima de los mínimos legales, la entidad se queda con ella. Gracias al artículo 2 del Real Decreto-Ley 8/2011, del 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, la cantidad mínima para la adjudicación de la vivienda se ha elevado desde un 50% del valor de tasación hasta un 60%. Así se baja de manera automática la deuda pendiente con el banco un 10%.
No obstante, los embargados seguirán debiendo la diferencia entre ese 60%, el porcentaje pendiente de hipoteca, más los intereses de demora y todas las costas procesales, que no son pocas.
4. Embargo de la nómina
Para conseguir el dinero restante, el banco podrá [...]


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