La Asociación de Internautas presenta alegaciones al Reglamento de la LOPD porque existen “puntos clave que no resuelve”
05/07 - Redacción
La Asociación de Internautas (AI) ha enviado al Ministerio de Justicia una serie de comentarios al proyecto de Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal (LOPD), con los que ha querido destacar los aspectos que considera que se pueden mejorar, así como la clarificación de “puntos clave que el actual reglamento no resuelve”.
Uno de los principales aspectos que a los ojos de la AI aún queda por delimitar es el que se desarrolla en el artículo 11 del Reglamento de la LOPD, que hace referencia a la forma de recabar el consentimiento del “titular” de los datos personales. Según dicho artículo, “el responsable del tratamiento podrá solicitar el consentimiento del interesado (…) y deberá concederle un plazo de treinta días para manifestar su negativa al tratamiento, advirtiéndole de que en caso de no pronunciarse a tal efecto se entenderá que consiente el tratamiento de sus datos de carácter personal”.
Para la Asociación de Internautas el artículo 11 “supone de por sí una burla al derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, ya que deja en manos del interesado la ardua tarea de oponerse de continuo a que cualquiera pueda en cualquier momento utilizar sus datos personales”. Es más, bajo su punto de vista, se está abriendo la puerta a “una nueva forma de Spam” propiciada por este Reglamento, “que prevé una mera declaración de intenciones porque no permite al usuario tener constancia de su oposición y, bastará que el responsable del fichero niegue haber recibido oposición alguna para que se convierta en un cruce de negativas sin pruebas”.
Según la AI, este apartado debería incluir la obligación del responsable del fichero de proporcionar de forma gratuita un sistema de oposición rápido, sencillo, y sobre todo que permita al interesado obtener de forma directa e inmediata constancia de dicha oposición.
Más debilidades
La asociación que agrupa a internautas españoles también reclama que el Reglamento que desarrolla la LOPD aclare la situación de los menores dado que, aunque los cita, no especifica cuál es la edad a la cual podrán consentir por ellos mismos en relación a sus datos personales. Sin embargo, recuerda la AI, la Agencia Española de Protección de Datos ya señaló desde el año 2002 que dicho límite se encuentra en los 14 años.
La Asociación de Internautas también ha advertido a Industria de “los problemas de interpretación” que se derivan de la utilización indistinta de los términos “responsable del tratamiento” y “responsable del fichero”, junto a “encargado de tratamiento” y responsable del tratamiento”. Además, considera que ficheros temporales de creación automática crearán una “difícil situación” para los responsables de seguridad a la hora de localizarlos y aplicarles las correspondientes medidas de seguridad. Asimismo, cree que es “absolutamente necesario” delimitar cuál es la situación de Internet respecto de las fuentes de acceso público, ya que el Reglamento sólo habla de “medios de comunicación social”.