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Jueves 24 del Julio de 2008 — Actualizado a las: 17:11 PM
Para la patronal, en el actual contexto económico es necesario que se cumplan estrictamente los plazos de pago que establece la Ley 3/2004 de Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales, aprobada a finales del año 2004. Estos plazos deberían ser una condición contractual “realmente vinculante”, así como su “estricto” cumplimiento, ya que, según la patronal, ayudaría en gran medida a solventar las dificultades de tesorería y de rentabilidad que padecen muchas empresas en el sector TIC español.
En palabras de José Pérez, director general de Asimelec, "teniendo en cuenta la situación económica actual de recesión, el no cumplimiento de los plazos que establece esta Ley, puede perjudicar de manera extrema a la competitividad de muchas empresas de nuestro sector, ya que el diferencial con Europa es mucho más amplio, lo que debilita la salud económica de nuestras compañías, debido a la gran necesidad financiera que precisan".
Así, la patronal insiste en que uno de los temas más preocupantes del tejido empresarial español lo constituye precisamente este diferencial de pago entre nuestras empresas y las de la Unión Europea. La Ley de 2004 establecía períodos de pago de 30 días para las empresas y de 60 días para las Administraciones Públicas, pero según la patronal no se ha detectado que los efectos que perseguía esta Ley hayan tenido impacto en numerosas empresas.
Según Asimelec, el principio de libertad de pactos que incluye la misma Ley ha servido de excusa para amparar “abusos de derechos y cláusulas abusivas que algunas empresas incluyen en sus contratos y que se traducen en plazos más amplios o tipos de interés de demora inferiores a los previstos por la Ley”.
De hecho, muchas empresas que padecen plazos de pago de más de 180 días “no reclaman o denuncian estas prácticas abusivas” por temor a perder negocio o causar malestar a sus clientes.