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Nuevas organizaciones se suman al Estatuto del Trabajo Autónomo - Noticias.com
El ministro de Trabajo, Jesús Caldera, ha destacado que el Estatuto del Autónomo es un texto "muy importante", cuya misión fundamental es la de acercar la protección de los trabajadores por cuenta propia a la que tienen los trabajadores por cuenta ajena.
Caldera recordó que el Estatuto recoge deberes, como la obligación de afiliarse, pero también nuevos derechos de los que ahora podrán disfrutar los autónomos. Entre ellos, citó la protección por maternidad y paternidad, el derecho a la jubilación anticipada en actividades penosas, peligrosas o tóxicas, y el establecimiento de una especie de sistema de protección por desempleo que atenderá a los autónomos cuando cesen en su actividad.
Nuevos derechos
El anteproyecto de ley del Estatuto del Trabajo Autónomo fue aprobado por el Consejo de Ministros y remitido al CES, al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial para sus dictámenes correspondientes. Tras pasar el trámite parlamentario que seguirá a su aprobación como proyecto de ley, el Estatuto podría estar en vigor en la primavera de 2007.
El proyecto incluye novedades como un catálogo de derechos y deberes de los trabajadores autónomos: derecho a la igualdad y no discriminación; derecho a la conciliación de la vida profesional y familiar y protección al menor de 16 años, según el Ministerio de Trabajo. Además, se regulan las reglas de prevención de riesgos laborales, fundamentalmente cuando el trabajador autónomo trabaja en locales de otro empresario o con materias primas o herramientas proporcionadas por otro empresario.
También se contempla la posibilidad de celebrar acuerdos de interés profesional entre asociaciones de autónomos o sindicatos y empresas, siempre que no vayan en contra de los postulados de la ley de defensa de la competencia.
En materia de Protección Social, se aplican medidas tendentes a que el Régimen Especial de Trabajadores autónomos converja con el Régimen General de la Seguridad Social. Se propone extender a todos los autónomos la protección social por incapacidad temporal, y en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes también estarán cubiertos por la protección por accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Además, se reconoce la posibilidad de establecer reducciones o bonificaciones en las bases de cotización o en las cuotas de la Seguridad Social para determinados colectivos de trabajadores autónomos en atención a sus características personales o a las características profesionales de la actividad ejercida.
El anteproyecto también prevé jubilación anticipada en el caso de trabajadores autónomos en atención a la naturaleza tóxica, peligrosa o penosa de la actividad ejercida, y en los mismos supuestos y colectivos para los que esté establecido dicho derecho respecto de los trabajadores por cuenta ajena.
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