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Martes 13 del Mayo de 2008 — Actualizado a las: 15:59 PM

Director: Humberto Salerno

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OPINIÓN
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¿Qué criterios deberían seguir las empresas hoteleras españolas para realizar una inversión directa en el extranjero?
Inmaculada Ranera

Directora General de Christie+Co para España y Portugal

11/07 Estar dispuestos a admitir que los procedimientos inversores en el sector hotelero difieren de país a país, por lo que es recomendable tener el asesoramiento de una empresa especializada, que les ayudará a entender dichas diferencias y les permitirá adelantarse a los posibles inconvenientes que puedan surgir durante la negociación.
 

- Tener claro que el sistema español de categorías hoteleras sólo rige en nuestro país y no fuera de él, para evitar sorpresas cuando visitemos un establecimiento con una categoría determinada en otro país que nada tiene que ver con el mismo número de estrellas en España.

- Asegurarse de que trabajan con una firma de abogados que conocen a la perfección tanto la legislación española como la legislación del país en el que se desea invertir. En estos temas, es mejor pagar más pero tener la seguridad de que no habrá sorpresas.

- Conocer bien el mercado en el que pretendemos entrar, por lo que es altamente recomendable contar con un estudio de viabilidad y/o una valoración independiente de una empresa especializada, que proporcione una visión objetiva al futuro inversor.

- Conocer bien la legislación laboral y las especialidades de cada mercado, que pueden variar de país a país y de ciudad a ciudad, puesto que la parte de empleados tiene un gran impacto en las adquisiciones de establecimientos hoteleros.

- Llevar a cabo una inspección exhaustiva del inmueble que incluya una “due dilligence” técnica del mismo, ya se esté pensando en comprar la sociedad propietaria o el activo directamente. Es cada vez más habitual llevar a cabo la “due dilligence” legal, pero no se debe olvidar nunca la maquinaria del hotel, para asegurarnos evitar problemas futuros.





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