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Una orden de la Junta impide a los Agentes de Medio Ambiente presentar denuncias en el Registro General
Agentes de Medio Ambiente advierten de que, al no existir constancia por escrito, las denuncias pueden "traspapelarse" sin que se sepa
Fiscalía General del Estado advierte que "no debe haber órganos intermedios entre la policía judicial y autoridad judicial o fiscal"
SEVILLA, 15 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha emitido una orden a través de sus respectivas delegaciones provinciales por las que "destierra" la práctica de presentar las denuncias sobre posibles delitos medioambientales en el Registro General, estableciendo que se deriven a los departamentos técnicos correspondientes bajo la supervisión de los Jefes de Servicio de Gestión del Medio Natural.
De este modo, en la orden emitida concretamente por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla en 2003 -- año desde el que está vigente esta disposición--, la entonces delegada, Rosario Pintos Martín, determina que las denuncias formuladas por Agentes de Medio Ambiente "serán presentadas en los servicios técnicos correspondientes, a fin de su análisis por los departamentos respectivos, desterrando la práctica de presentarlas directamente en el Registro General de la Delegación".
En dicha orden, a la que tuvo acceso Europa Press, la delegada considera "innecesario" presentar las denuncias en el Registro General y establece su tramitación por los departamentos técnicos respectivos, los cuales, además, deben de realizar una "selección de las denuncias después de analizarlas, descartando aquellas de las que no se desprenda infracción de conformidad con la normativa especializada".
Asimismo, dispone que también serán estos departamentos los que han de determinar las "prioridades e importancia de las supuestas infracciones, elevando la correspondiente propuesta al Jefe de Servicio, quien valorará la oportunidad y necesidad de solicitar la adopción de medidas provisionales".
Tal y como establece la delegada, las Jefaturas de Servicio de Gestión del Medio Natural y Protección Ambiental "remitirán las denuncias tras el periodo de análisis indicado junto a, siempre que se estime necesario, un informe técnico sobre los hechos a la Sección de Informes y Sanciones de la Secretaría General".
La emisión de esta orden ha despertado la protesta de los Agentes de Medio Ambiente de Andalucía, al considerar que esta disposición "bloquea" la obligación que tiene este Cuerpo de denunciar la comisión de posibles delitos medioambientales.
Según ha explicado a Europa Press el presidente de la Asociación de Agentes de Medio Ambiente de Andalucía, Antonio González, el hecho de no dar entrada oficial a una denuncia en el Registro General y tener que hacerlo "por la puerta de atrás", provoca que "cuando una denuncia determinada no aparezca, no se pueda demostrar, por ejemplo, que fue la Administración la que la traspapeló de manera interna".
De este modo, ha señalado, "al final, el propio delegado provincial puede negar la mayor y afirmar que la denuncia no se presentó, pasando la responsabilidad administrativa y/o penal al agente 'negligente' que no denunció". Además, ha lamentado, "impide que se pueda guardar el orden riguroso de incoación de la denuncia".
"Esta disposición nos coloca en una situación de indefensión legal absoluta. Necesitamos el respaldo jurídico que supone que una denuncia conste en un registro oficial para poder desentendernos de responsabilidades si durante su tramitación el informe se pierde, caduca o sufre algún otro contratiempo", ha dicho.
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